En el mundo del emprendimiento y el tercer sector, a menudo asociamos términos como “Compliance” o “Cumplimiento Normativo” con grandes multinacionales y departamentos jurídicos inmensos. Existe la creencia generalizada de que las pequeñas asociaciones o startups están exentas de cierta burocracia.
Sin embargo, hay una obligación crítica que está pasando desapercibida para muchos autónomos, pequeñas empresas y entidades y que puede acarrear sanciones muy graves: el Protocolo de prevención del acoso sexual y por razón de sexo.
Desde el área laboral de Cotiledón, queremos aclarar las dudas más frecuentes para que sepáis exactamente qué necesitáis.
1. El mito del “Plan de Igualdad” vs. “Protocolo”
Aquí reside la gran confusión.
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El Plan de Igualdad es un documento extenso, con diagnóstico y auditoría retributiva, que solo es obligatorio para empresas de más de 50 trabajadores.
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El Protocolo de Acoso es obligatorio para TODAS las empresas y entidades, sin excepción. Da igual si sois una empresa de 3 personas o una asociación con 1 contratado a media jornada.
La Ley Orgánica 3/2007 y los Reales Decretos posteriores exigen que toda entidad tenga un procedimiento arbitrado para prevenir y actuar frente al acoso.
2. ¿Para qué sirve realmente? (Más allá de la multa)
Muchos clientes nos preguntan si esto es “solo un papel más”. La respuesta es no. Es un mecanismo de defensa para la entidad.
Imaginad que surge un conflicto interpersonal grave en vuestra organización. Un empleado acusa a otro (o a un superior) de comportamientos inapropiados.
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Sin Protocolo: La empresa está en un limbo legal. Si el trabajador denuncia, la empresa puede ser responsable subsidiaria por no haber puesto medidas de prevención (“Culpa in vigilando”). Además, ante una Inspección de Trabajo, la sanción es casi automática.
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Con Protocolo: La empresa activa el mecanismo. Se nombra una comisión instructora (que puede ser externa), se garantiza la confidencialidad, se investiga y se resuelve. La empresa demuestra que ha actuado diligentemente, protegiéndose legalmente y protegiendo a la víctima.
3. ¿Qué contiene este documento?
No es una tesis doctoral, es un manual de instrucciones. Un buen protocolo debe definir claramente:
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Qué conductas son inaceptables (físicas, verbales y no verbales).
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Cómo se denuncia (un canal seguro y confidencial, por ejemplo, un email específico).
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Quién forma la comisión que investigará (para garantizar imparcialidad).
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Los plazos para resolver el problema (para que no se eternice).
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Las medidas cautelares (ej. separar físicamente a los implicados mientras se investiga).
4. La Solución Cotiledón: Cumplimiento sencillo y asequible
Sabemos que, como pequeña entidad o empresa emprendedora, no tenéis tiempo ni recursos para redactar este documento legal desde cero. Pero no podéis permitiros el riesgo de no tenerlo.
Por eso, hemos diseñado un servicio específico de Protocolo de Acoso estandarizado para entidades que no requieren un Plan de Igualdad complejo.
¿Qué ofrecemos?
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Elaboración del Protocolo adaptado a la normativa vigente.
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Modelos de denuncia y actas de constitución de la comisión.
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Guía de implantación para que sepáis cómo comunicarlo a la plantilla (paso obligatorio para que sea válido).
Coste del servicio: Para facilitar el cumplimiento a nuestros clientes, os realizamos toda esta documentación por 100€ + IVA.
Es una inversión mínima comparada con la seguridad jurídica que aporta. Si queréis cerrar este tema hoy mismo y archivar vuestro protocolo listo para cualquier inspección, escribidnos un correo a creciendojuntos@cotiledon.es solicitándolo, y nuestro equipo se encargará de todo.