¿Qué es el Kit Digital?
El Kit Digital es un programa público de ayudas y subvenciones financiado por los fondos Next Generation EU dirigido a autónomos y pymes (incluidas las entidades sociales con personalidad jurídica) que tiene como objetivo la mejora e implementación de soluciones tecnológicas y digitalización de las empresas y entidades.
Hay que tener en cuenta que no es una subvención al uso sino que se trata de un “bono” que será pagado directamente a las empresas proveedoras de las soluciones a desarrollar. Los beneficiarios solicitan esta ayuda y posteriormente deberán localizar las soluciones a implementar entre una base de datos de “Agentes Digitalizadores” que previamente se han inscrito para estas ayudas. Serán estos agentes quienes después realicen la justificación necesaria para el cobro por su parte de las ayudas.
¿Quiénes pueden beneficiarse de estas ayudas?
Se han establecido tres segmentos en función del número de empleados que definen el importe máximo a recibir mediante el bono:
- Segmento I: Pequeñas empresas, de 10 a 49 empleados, con un importe del bono digital por empresa de 12.000€.
- Segmento II: Pequeñas empresas o microempresas, de 3 a 9 empleados, con un importe del bono digital por empresa de 6.000€.
- Segmento III: Pequeñas empresas o microempresas y autónomos (personas en situación de autoempleo), de 1 a 2 empleados, con un importe del bono digital de 2.000€.
En función de los segmentos se establecerán diferentes convocatorias. A día de hoy, solamente está publicada la del Segmento I y se podrán solicitar desde el día a partir del 15 de marzo.
Además, se han de cumplir con el resto de requisitos habituales en las convocatorias de subvenciones:
- Ser una pequeña empresa, una microempresa o un autónomo.
- No tener consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de pagos con Hacienda y Seguridad Social.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en Ley General de Subvenciones.
- Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- No superar el límite de ayudas minimis (200.000€).
- Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital de acuerdo con el test de diagnóstico en la plataforma Acelera pyme.
¿Qué nos financia?
A través de esta convocatoria, nos ofrecen una cuantía económica que puede administrarse escogiendo una o varias soluciones digitales ofrecidas por estos “Agentes Digitalizadores” que desarrollen los servicios del catálogo. Las categorías son:
Se podrán elegir tantas soluciones digitales como se necesiten hasta consumir el importe de la subvención, pero solo se podrá elegir una solución digital por categoría. No es condición consumir la totalidad del bono recibido, si por ejemplo tenemos un bono digital de 6.000€ podemos gastar en las soluciones digitales que necesitemos por valor de 3000€ y el resto devolverlo. Dependiendo de la categoría, se especifican unos funcionales y límites de financiación, puedes consultarlos uno a uno en este enlace.
Pasos a realizar
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- Alta en la web Acelera Pyme: lo primero es registrarse en la web introduciendo todos los datos necesarios.
- Realizar un test autodiagnóstico: una vez registrados deberemos realizar este test que consta de 13 preguntas y se realiza en unos 10 minutos. Nos hacen preguntas sobre nuestra conexión a internet, uso de RRSS, software de CRM, etc. Por tanto es importante que quien complete este autodiagnóstico sea conocedor de las tecnologías usadas habitualmente y las que la entidad aplica.
- Solicitud Ayuda: se realiza desde el portal Red.es con apertura para este segmento desde hoy a las 11:00. La solicitud es sencilla y no requiere de subida de documentación en el caso de autorizar a su consulta. Os dejamos este enlace con una guía sencilla para su presentación.
- Catálogo de Soluciones Digitales: poco a poco se van publicando los listados de agentes digitalizadores. Una vez solicitado, deberemos ir contactando con ellos para facilitar la información y documentación necesaria en los siguientes pasos. En este enlace encontraréis el catálogo completo actualizado.
- Ponerse en contacto con los agentes digitalizadores y comenzar con el proyecto.
En este último paso, la forma de trabajar habitualmente con subvenciones cambia radicalmente. Una vez tengamos los pasos previos y dispongamos de nuestro “bono digital” y hayamos contactado con los proveedores, tendremos que elegir una o varias soluciones en el marketplace existente y comienza el ciclo con el Agente:
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- El beneficiario y el Agente Digitalizador, negocian, firman y formalizan un Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización.
- Tras la formalización del acuerdo, el Agente Digitalizador implanta los requisitos pertenecientes a cada fase de la solución de digitalización, es decir, que ofrece la solución tecnológica al beneficiario (el periodo de implantación en algunos casos es de un día, en otros puede ser de varias semanas).
- El Agente Digitalizador emite una única factura tras la primera fase de prestación del servicio, con el importe total (de los 12 meses de prestación del servicio) e indicando la cuantía subvencionada.
El beneficiario realizará el abono de los gastos no subvencionables (por ejemplo el IVA, que luego podrá deducir) y cederá el derecho a cobro del importe subvencionable en favor del Agente Digitalizador.
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- El Agente Digitalizador prestará la solución digitalizadora solicitada por el beneficiario durante un plazo de 12 meses desde el comienzo de la implantación.
Iremos actualizando este artículo según evolucionen las convocatorias.