El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha puesto en marcha estos días una campaña informativa para comunicar a los 365.747 progenitores -potencialmente beneficiarios de la prestación- de que pueden solicitar las dos semanas adicionales de la prestación de nacimiento y cuidado de menor, desde el 1 de enero de 2026 y hasta que el menor cumpla ocho años. Como os comentamos en una entrada del blog anterior, el 29 de julio se publicaron en el BOE los nuevos permisos por nacimiento y cuidado del menor que modifican los periodos y se amplían incluyéndose dos semanas a disfrutar a partir del 1 de enero de 2026.

Distribución del permiso

El pasado mes de julio se mejoró la protección para progenitores y menores, la corresponsabilidad si hay dos progenitores, y el derecho a la conciliación familiar y laboral, al aprobarse la ampliación en tres semanas del permiso de nacimiento y cuidado de menor, que pasó de 16 a 19 semanas y, en el caso de las familias monoparentales, a 32 semanas.

En concreto, 17 semanas, de igual duración e intransferibles entre ambos progenitores, y 28, en el supuesto de familias monoparentales, podrán disfrutarse durante los primeros 12 meses del bebé, o, en el caso de adopción, guarda o acogimiento familiar, en el primer año, a partir de la resolución judicial o administrativa; en periodos semanales o de forma acumulada.

Además, las familias podrán disfrutar de dos semanas adicionales de permiso para el cuidado del menor, cuatro en el caso de monoparentales, de forma flexible hasta que el hijo o la hija cumpla los 8 años de edad. A ello se podrán acoger retroactivamente las familias cuyos hijos hayan nacido a partir del 2 de agosto de 2024. Este derecho podrá solicitarse a partir del 1 de enero de 2026.

La cuantía de estas prestaciones es equivalente al 100% de la base de cotización por contingencias comunes del mes inmediatamente anterior al mes previo al del inicio del descanso.

 

Semanas adicionales

A partir del 1 de enero se pueden disfrutar las dos semanas (cuatro en caso de monoparentales) y para ello es necesario que los trabajadores realicen una solicitud a su empresa o entidad con 15 días de antelación y que esta nos la haga llegar para su tramitación. Es importante saber, que como el resto de los periodos, únicamente se pueden tomar en períodos semanales, de forma continua o no, hasta que el niño cumpla 8 años. Por lo tanto, no será posible disfrutar de estos días con días sueltos y siempre debe haber una comunicación previa.

Además, aquellos que disfruten de estas semanas, deberán solicitar al INSS su prestación ya que, como en los periodos de maternidad ordinarios, el pago de dichos días corresponde al INSS.

 

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